NAVARRA | Más facilidades para crear industrias en suelo rural

El Gobierno actualiza una norma de 1990 para impulsar proyectos empresariales en Navarra

El Gobierno actualiza una norma de 1990 para impulsar proyectos empresariales en Navarra

Imagen: Gob. Navarra

El Gobierno de Navarra ha aprobado un nuevo Decreto Foral que modifica la regulación vigente sobre implantación de polígonos y actividades industriales, con el objetivo de adaptarla a la realidad territorial y urbanística actual.

La iniciativa, promovida por el Departamento de Cohesión Territorial, actualiza el Decreto Foral 84/1990, una norma elaborada hace más de treinta años bajo un marco urbanístico muy diferente al actual.

Según explica el Ejecutivo foral, la reforma pretende facilitar la puesta en marcha de nuevas actividades económicas y crear mejores condiciones para atraer inversiones, especialmente en aquellas zonas que sufren problemas de despoblación.

Además, la modificación servirá como paso previo a una futura revisión más profunda de la Ley de Ordenación Territorial de Navarra, actualmente en proceso de elaboración.

El suelo rústico gana protagonismo en la estrategia territorial

La nueva regulación se enmarca en la apuesta del Gobierno de Navarra por impulsar un desarrollo territorial más equilibrado y sostenible.

La filosofía de la reforma pasa por considerar el suelo rústico como un recurso estratégico capaz de generar actividad económica, fijar población y aprovechar infraestructuras existentes que en muchos casos permanecen infrautilizadas.

El Ejecutivo considera que muchos municipios rurales disponen de suelo disponible y patrimonio construido que puede convertirse en una oportunidad para atraer empresas y empleo.

Qué actividades podrán implantarse

El nuevo decreto actualiza y amplía la relación de actividades industriales que podrán instalarse en suelo no urbanizable.

Entre ellas figuran las vinculadas a la extracción o aprovechamiento de recursos naturales del entorno rural.

También podrán implantarse construcciones relacionadas con la actividad agraria, como bodegas, trujales, queserías y otras instalaciones agroalimentarias similares.

La normativa incluye igualmente las industrias agroalimentarias aisladas y actividades industriales incompatibles con los suelos urbanos por razones de seguridad, como aquellas que manejan explosivos, sustancias peligrosas o grandes almacenamientos de combustible.

Asimismo, podrán desarrollarse actividades que requieran amplias superficies para almacenamiento al aire libre o grandes extensiones de terreno para su funcionamiento.

Impulso a la reutilización de edificios en desuso

Uno de los aspectos más destacados de la reforma es la posibilidad de aprovechar edificios e instalaciones ya existentes en municipios con riesgo de despoblación.

El decreto contempla expresamente la implantación de actividades industriales que reutilicen construcciones actualmente en desuso, siempre que sean compatibles con la ordenación territorial y el entorno donde se ubiquen.

La medida busca evitar el abandono de infraestructuras y generar nuevas oportunidades económicas en localidades con menor capacidad de atracción empresarial.

La reforma busca facilitar nuevas actividades industriales en zonas rurales y convertir el suelo rústico en una herramienta contra la despoblación.

Más flexibilidad para las empresas

La nueva regulación elimina o modifica determinadas condiciones que hasta ahora dificultaban la implantación de actividades industriales.

Entre otras novedades, se flexibilizan algunos requisitos para facilitar que varias empresas puedan compartir un mismo emplazamiento.

También se favorece que una misma empresa pueda desarrollar diferentes actividades industriales vinculadas dentro de una misma ubicación.

El objetivo es adaptar la normativa a las necesidades actuales del tejido productivo y facilitar proyectos empresariales de mayor dimensión o complejidad.

Condiciones de implantación y entrada en vigor

El decreto incorpora además las condiciones territoriales establecidas por los Planes de Ordenación Territorial y define los espacios donde podrán implantarse las actividades autorizadas.

La ubicación será posible en determinadas categorías de suelo de preservación, aunque quedan excluidas algunas zonas especialmente sensibles desde el punto de vista ambiental, como zonas húmedas, determinados pastos de montaña y bosques con alto valor ambiental.

La nueva normativa ha sido sometida a un proceso de participación previa y cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Navarra.

Entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Además, las solicitudes que ya estén en tramitación cuando entre en vigor el decreto se resolverán conforme a la nueva regulación, pudiendo requerirse documentación adicional cuando resulte necesario.

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